Nuevo reglamento de Vehículos Históricos

El 10 de septiembre de 2024 el Consejo de Ministros aprobó en nuevo reglamento de Vehículos Históricos que entrará en vigor el 1 de octubre de 2024. La nueva ley llegará para, entre otras cosas, igualar los derechos de nuestros clásicos a los de otros países de la UE y pretende también proteger nuestro patrimonio automovilístico para que no acabe en terceros países (para esto último ya van tarde, sirva como ejemplo la cantidad de Alpines A110 de FASA que han acabado en Francia)

El cambio más llamativo es el aumento en la antigüedad de 25 a 30 años para que un vehículo pueda ser considerado histórico, pero no es la mayor novedad. Te invitamos a seguir leyendo para conocer los cambios clave y cómo podrían afectar a nuestros cacharros.

1- Aumento de la antigüedad mínima a 30 años

Como ya hemos comentado los vehículos de menos de 30 años no podrán considerarse históricos. Suponemos que aquellos que, de acuerdo a la norma actual, fueron catalogados como tales al cumplir los 25 años pero todavía no tienen 30 seguirán manteniendo su estatus. Habrá que esperar al 1 de octubre a ver qué pasa.

2- Servicios Técnicos de Vehículos Históricos

Serán los encargados de evaluar y decidir qué vehículos pueden ser catalogados como históricos y emitirán los certificados correspondientes, asumiendo las funciones de los polémicos Laboratorios Oficiales de Catalogación regulados por las Comunidades Autonomas, no sabiéndose que va a pasar con ellos. ¿Se les acabará el chollo?

3- Exención de la ITV

Deja de dar saltos de alegría, que sólo es para vehículos de más de 60 años. También quedarán eximidos aquellos ciclomotores de más de 30 años catalogados como históricos. Insistimos en que las exenciones serán solo para aquellos vehículos que están catalogados como históricos, los demás tendrán que pasar las inspecciones periódicas según lo estipulado. La ley hace referencia a que los propietarios podrán optar por realizar ITVs voluntarias a los vehículos exentos… (Nos abstenemos de comentar)

4- Los ayuntamientos deberán garantizar la circulación de estos vehículos

La nueva norma instará a los consistorios a que permitan el tránsito por las zonas de bajas emisiones (ZBE) de este tipo de vehículos. Hace un tiempo que circulaban bulos de que los Vehículos Históricos podrían circular libremente por las zonas de bajas emisiones y más de uno se empezará a frotar las manos al leer esto. Lamentamos comunicaros que no será así. El texto indica claramente que el uso de estos vehículos será esporádico y NO habitual , y fija unas limitaciones de uso que te resumimos en el siguiente punto.

5- Limitaciones de uso, velocidad y transporte de pasajeros

La ley limita a 96 días de uso anuales de los vehículos históricos para minimizar su impacto ecológico. No sabemos muy bien como pretenden controlar esto, pero lo que es seguro que la limitación de 80km/h para vehículos sin cinturones delanteros, o la prohibición de circular menores de edad con estatura inferior a 135cm por vías interurbanas en vehículos en los que no se pueda instalar un sistema de retención infantil le va a acarrear un disgusto en forma de multa a más de un conductor despistado. Tampoco podrán usarse estos vehículos para el transporte habitual de mercancías, pasajeros o labores agrícolas o de construcción.

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